Verifactu se aplaza a octubre de 2028
Actualizado:
Según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026, Verifactu ya no será obligatorio en 2027: pasa a octubre de 2028 para sociedades, empresas y autónomos, la misma fecha en que llega la factura electrónica obligatoria para quien factura hasta 8 M€. Las empresas de más de 8 M€ tendrán factura electrónica desde el 6 de octubre de 2027.
Fechas antes y ahora
| Obligación | Antes | Ahora |
|---|---|---|
| Verifactu · contribuyentes del impuesto sobre sociedades | 1 de enero de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025) | octubre de 2028, según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026 |
| Verifactu · resto de empresas y autónomos | 1 de julio de 2027 (Real Decreto-ley 15/2025) | octubre de 2028, según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026 |
| Factura electrónica · empresas y profesionales de más de 8 M€ | Sin fecha de inicio hasta la Orden HAC/1028/2026 | 6 de octubre de 2027 (Orden HAC/1028/2026 (BOE del 5 de octubre de 2026)) |
| Factura electrónica · resto de empresas y autónomos | Sin fecha de inicio hasta la Orden HAC/1028/2026 | 6 de octubre de 2028 (Orden HAC/1028/2026 (BOE del 5 de octubre de 2026)) |
La fecha de Verifactu consta hoy en una nota informativa del Ministerio. Actualizaremos esta página cuando se publique en el BOE la norma que la formalice.
Qué cambia y qué no cambia
Cambia:
- Las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023 (el reglamento Verifactu) se retrasan hasta octubre de 2028, según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026.
- Desaparecerá la diferencia entre sociedades y autónomos: el calendario del Real Decreto-ley 15/2025 (1 de enero de 2027 y 1 de julio de 2027) dejará de aplicar cuando se publique la norma, y quedará una sola fecha.
- El motivo declarado es hacer coincidir Verifactu con la factura electrónica obligatoria de empresarios y profesionales que facturan hasta 8 M€ al año.
No cambia:
- Los requisitos del registro de facturas: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad, en términos sustancialmente equivalentes a los actuales.
- El calendario de la factura electrónica entre empresas, que ya fija la Orden HAC/1028/2026.
Además, Hacienda ha anunciado un segundo paso: una vez alineados los calendarios, modificará la norma para que el ámbito de aplicación y algunos aspectos técnicos converjan con los requisitos de reporte digital de la directiva europea ViDA.
Verifactu frente a factura electrónica
Se parecen en el nombre y ahora también en la fecha, pero regulan cosas distintas:
- Verifactu regula cómo tu programa de facturación registra y protege cada factura que emites, para que no se pueda alterar sin dejar rastro.
- La factura electrónica regula cómo se intercambian las facturas entre empresas: en un fichero estructurado (UBL, Facturae, CII o EDIFACT), no en un PDF por correo. La Agencia Tributaria ofrecerá una solución pública gratuita, que convivirá con plataformas privadas.
Adaptarse a una no exime de la otra: vas a necesitar las dos.
Qué significa para una empresa de reformas o instaladora
Si eres autónomo o tienes una S.L. y facturas menos de 8 M€ al año, que es el caso de casi todo el sector, tus dos fechas coinciden:
- Verifactu: octubre de 2028, según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026, pendiente de la publicación definitiva de la norma.
- Factura electrónica: 6 de octubre de 2028, según la Orden HAC/1028/2026.
Hay un hito antes: el 6 de octubre de 2027. Desde ese día, las empresas que facturan más de 8 M€ tendrán que emitir factura electrónica. Si compras a almacenes o distribuidores de ese tamaño, es probable que sus facturas empiecen a llegarte en ese formato antes de que te toque emitirlas a ti.
Para la obra del día a día, el plan no cambia: tener los presupuestos, las facturas y los cobros en un mismo sitio, con numeración correlativa y rectificativas enlazadas, y no en una carpeta de PDFs y hojas de cálculo. El aplazamiento da más margen para hacerlo con calma.
Preguntas frecuentes
¿Verifactu sigue siendo obligatorio en 2027?
No, según la nota del Ministerio de Hacienda del 5 de octubre de 2026. Las fechas del 1 de enero de 2027 (sociedades) y del 1 de julio de 2027 (resto de empresas y autónomos) dejarán de aplicar cuando se publique en el BOE la norma que lo formalice, y la obligación pasará a octubre de 2028 para todos.
¿El aplazamiento ya está publicado en el BOE?
A 5 de octubre de 2026, el aplazamiento consta en una nota informativa del Ministerio de Hacienda, no en una norma publicada. Esta página se actualizará cuando el BOE publique la norma que lo formalice.
¿Cambian los requisitos de Verifactu con el aplazamiento?
Se mantienen en términos sustancialmente equivalentes a los actuales: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Hacienda ha anunciado que, una vez alineados los calendarios, modificará la norma para acercar su ámbito y algunos aspectos técnicos a los requisitos de reporte digital de la directiva europea ViDA.
¿Cuándo es obligatoria la factura electrónica entre empresas?
La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE del 5 de octubre de 2026 y en vigor desde el día siguiente, abre los plazos: desde el 6 de octubre de 2027 para empresas y profesionales que facturan más de 8 M€ al año, y desde el 6 de octubre de 2028 para el resto.
¿Una factura en PDF enviada por correo cuenta como factura electrónica?
No. La factura electrónica entre empresas es un fichero estructurado en uno de los formatos admitidos (UBL, Facturae, CII o EDIFACT), no un documento PDF adjunto a un correo.
¿Habrá una opción gratuita para emitir factura electrónica?
Sí. La Agencia Tributaria ofrecerá una solución pública gratuita, que convivirá con las plataformas privadas de facturación electrónica.
Si me adapto a la factura electrónica, ¿ya tengo resuelto Verifactu?
No. Son dos normas distintas: Verifactu regula cómo tu programa de facturación registra y protege cada factura, y la factura electrónica regula cómo se intercambian las facturas entre empresas. Adaptarse a una no exime de la otra.
¿Qué hace Spun con estos cambios?
Spun está diseñado para adaptarse a los requisitos de Verifactu y de la factura electrónica obligatoria, sujeto a la normativa vigente y a los requisitos técnicos definitivos de la AEAT.
Spun y el calendario
Spun está diseñado para adaptarse a los requisitos de Verifactu y de la factura electrónica obligatoria, sujeto a la normativa vigente y a los requisitos técnicos definitivos de la AEAT.
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- Ministerio de Hacienda: Nota informativa del 5 de octubre de 2026 sobre el aplazamiento de Verifactu.
- BOE: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, sobre la solución pública de facturación electrónica (BOE-A-2026-20587, 5 de octubre de 2026).
- BOE: Real Decreto-ley 15/2025, que fijaba el calendario de Verifactu de 2027, y Real Decreto 1007/2023 (reglamento Verifactu).
- elDiario.es: El Gobierno retrasa la entrada en vigor de Verifactu hasta octubre de 2028.
- Europa Press, vía El Ideal Gallego: Hacienda pospone a octubre de 2028 la implantación de Verifactu para empresas y autónomos.
- EFE, vía Infobae: Hacienda retrasa Verifactu hasta 2028 para alinearlo con la factura electrónica.
- Atecna: Publicada la orden ministerial de factura electrónica (Orden HAC/1028/2026): plazos y claves.
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