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IVA 10% en reformas: cuándo SÍ y cuándo NO

Requisitos, regla del 40% y los errores que te cuestan dinero

Cuándo puedes facturar una reforma al 10% y cuándo estás obligado al 21%: los 7 requisitos, la regla del 40% en materiales y ejemplos con números.

26 de diciembre de 2025

Checklist: ¿Puedo aplicar el 10%?

Antes de facturar con IVA reducido, comprueba estos puntos. Si alguno es "No", aplica el 21%:

Requisito¿Cumple?
Es una obra de renovación o reparación (no mantenimiento ordinario)☐ Sí / ☐ No
La vivienda tiene más de 2 años desde su primera ocupación o entrega☐ Sí / ☐ No
El destinatario de la factura es persona física☐ Sí / ☐ No
El cliente destina la vivienda a uso particular (no alquiler, no actividad económica)☐ Sí / ☐ No
Los materiales que aportas NO superan el 40% de la base imponible☐ Sí / ☐ No
No es obra nueva, ampliación ni rehabilitación estructural☐ Sí / ☐ No
El cliente ha firmado declaración responsable☐ Sí / ☐ No

Si todos son "Sí", puedes facturar al 10%. Ante cualquier duda sobre tu caso concreto, consulta con tu asesor fiscal.

Si lo que buscas es la tabla rápida por tipo de obra, la tienes en IVA reducido en construcción.

Requisitos legales en detalle

1. Renovación o reparación, no mantenimiento

La Ley 37/1992 distingue claramente entre tipos de obras. El IVA reducido del 10% aplica a renovación y reparación, que implican restituir o mejorar elementos deteriorados o en mal estado.

El mantenimiento ordinario (limpieza, conservación preventiva, pequeños ajustes de rutina) tributa al 21%. La diferencia no siempre es obvia: cambiar una caldera averiada es reparación; una revisión anual de la caldera es mantenimiento.

Ejemplo práctico: Sustituir tuberías corroídas → renovación (posible 10%). Desatascar un desagüe → mantenimiento (21%).

2. Vivienda de más de 2 años

La vivienda debe haber sido ocupada o entregada hace más de dos años. Cuenta la fecha de primera ocupación o escritura, no la de construcción del edificio.

Ejemplo: Vivienda terminada en 2020 pero escriturada y entregada en enero de 2024 no cumple el requisito hasta enero de 2026.

3. Destinatario y uso de la vivienda (requisito clave)

El cliente debe ser una persona física que destine la vivienda a uso particular. Este es el concepto legal que establece la AEAT para este supuesto. Quedan excluidos:

  • Empresas, sociedades y entidades jurídicas
  • Autónomos que facturen para su actividad profesional
  • Personas que destinen el inmueble a alquiler, cesión o reventa
  • Inmuebles desocupados sin uso particular efectivo

Importante: No basta con que sea persona física; debe destinar esa vivienda a su uso particular (vivir en ella o usarla de forma habitual como consumidor final).

4. Materiales: la regla del 40%

Los materiales que tú aportas y facturas no pueden superar el 40% de la base imponible total de la operación.

ConceptoImporte% del total
Mano de obra2.000 €66,7%
Materiales aportados por ti1.000 €33,3%
Total base imponible3.000 €✅ Materiales menor del 40%

Si los materiales superan el 40%, toda la factura tributa al 21%. No puedes fraccionar la operación en dos facturas para eludir este límite.

Casos frecuentes

Reforma de baño o cocina

IVA 10% si: vivienda con más de 2 años, cliente persona física para uso particular, materiales (sanitarios, azulejos, grifería, muebles) que aportas menor del 40%.

IVA 21% si: el destinatario es empresa, la vivienda tiene menos de 2 años, los materiales superan el 40%, o el inmueble no se destina a uso particular.

Instalación de aerotermia o aire acondicionado

IVA 10% si: es renovación de sistema en vivienda con más de 2 años, uso particular, materiales menor del 40%.

IVA 21% si: es local comercial, vivienda nueva, segunda residencia no habitual, o instalación en obra nueva.

Recuerda que la simple sustitución de equipos viejos se considera renovación, mientras que una instalación nueva en vivienda recién construida es obra nueva (21%).

Reparaciones cubiertas por seguro

Cuando el destinatario de la factura es la aseguradora (una empresa), aplica IVA 21%. Da igual que la vivienda cumpla los requisitos: lo determinante es quién recibe y paga la factura.

Si el seguro reembolsa al propietario y tú facturas directamente al particular, puede aplicar el 10% si se cumplen el resto de requisitos.

Obras en comunidades de propietarios

Este supuesto requiere análisis caso a caso. En el marco de renovación y reparación que tratamos aquí, la AEAT lo plantea con el requisito de destinatario persona física y uso particular.

Para otros supuestos (determinadas ejecuciones de obra de construcción o rehabilitación en edificaciones destinadas principalmente a viviendas), la normativa define "principalmente viviendas" como aquellas donde más del 50% de la superficie se destina a uso residencial.

Recomendación: Si trabajas para una comunidad, revisa el supuesto concreto con asesoría antes de emitir factura. No apliques el 10% automáticamente.

Errores que te cuestan dinero

Error 1: No pedir declaración responsable

Si aplicas el 10% sin documentación y Hacienda comprueba que el inmueble no cumplía los requisitos, tú respondes del IVA no ingresado más recargos e intereses.

Solución: Pide siempre al cliente que firme una declaración responsable indicando que la vivienda tiene más de 2 años, que la destina a uso particular, y que actúa como consumidor final.

Error 2: Confundir renovación con mantenimiento

No toda intervención en una vivienda es "renovación". Los trabajos de conservación rutinaria, limpieza o ajustes menores son mantenimiento y tributan al 21%.

Error 3: Calcular mal el porcentaje de materiales

Solo cuentan los materiales que tú aportas y facturas. Si el cliente compra los azulejos por su cuenta, no entran en tu cálculo del 40%.

Error 4: Fraccionar factura para eludir el 40%

Emitir dos facturas separadas (una de mano de obra, otra de materiales) para que ninguna supere el límite es fraude de ley. Hacienda lo detecta y sanciona.

Error 5: Aplicar 10% en viviendas nuevas

La primera entrega de vivienda nueva tributa al 10%, pero es un hecho imponible diferente (entrega de bien) que gestiona el promotor. Tu reforma en vivienda con menos de 2 años va al 21%.

Ejemplo numérico completo

Caso: Renovación de baño en vivienda de 2018. Cliente propietario que vive en ella.

ConceptoImporte
Desmontaje y preparación400 €
Fontanería (reparación instalación)600 €
Albañilería y alicatado1.200 €
Instalación eléctrica300 €
Subtotal mano de obra2.500 €
Sanitarios (WC, lavabo, plato ducha)650 €
Grifería180 €
Azulejos y materiales420 €
Subtotal materiales1.250 €
BASE IMPONIBLE3.750 €

Cálculo del porcentaje de materiales: 1.250 € ÷ 3.750 € = 33,3% → Cumple (menor del 40%)

Factura final:

ConceptoImporte
Base imponible3.750,00 €
IVA 10%375,00 €
TOTAL FACTURA4.125,00 €

Si los materiales fueran 1.600 € (42,6% del total), toda la factura iría al 21%: base 3.750 € + IVA 787,50 € = 4.537,50 €. La diferencia supone 412,50 € más para el cliente.

Si quieres cuadrar los números antes de cerrar el precio, puedes usar la calculadora de presupuesto de reforma.

Factura correctamente con SPUN

Aplicar el IVA correcto es solo una parte. Desde el 1 de julio de 2027, los autónomos deben emitir sus facturas con un software adaptado a Verifactu, la normativa de sistemas de facturación verificada.

En SPUN diseñamos un software pensado para profesionales de la construcción:

  • IVA 10% y 21% configurables según el tipo de obra
  • Plantillas con declaración responsable incluida
  • Diseñado para adaptarse a los requisitos de Verifactu, sujeto a la normativa vigente
  • Gestión de partidas, presupuestos y certificaciones

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar IVA 10% si el cliente es una empresa?

No. El IVA reducido del 10% solo aplica cuando el destinatario es una persona física que destina la vivienda a uso particular. Si facturas a una empresa, sociedad o autónomo para su actividad, aplica el 21%.

¿Qué pasa si los materiales superan el 40% del total?

Si el coste de los materiales que aportas supera el 40% de la base imponible, debes aplicar el 21% a toda la factura. No puedes dividir: o es 10% o es 21%.

¿La instalación de aire acondicionado lleva IVA 10%?

Puede aplicar el 10% si es una renovación o reparación en vivienda de más de 2 años destinada a uso particular, con materiales inferiores al 40%. Si es local comercial, vivienda nueva o segunda residencia no habitual, aplica 21%.

¿Las comunidades de propietarios pueden beneficiarse del 10%?

Depende del tipo de obra. En el supuesto de renovación o reparación de vivienda que tratamos aquí, la AEAT lo plantea con el requisito de destinatario persona física y uso particular. Para otros supuestos (determinadas ejecuciones de obra en edificaciones principalmente residenciales) puede haber reglas distintas. Si es comunidad, revísalo caso a caso con asesoría antes de emitir factura.

¿Cómo demuestro que el cliente destina la vivienda a uso particular?

El cliente debe firmar una declaración responsable indicando que la vivienda tiene más de 2 años y que la destina a su uso particular. Conserva este documento junto con la factura.

Fuentes


Publicado el 26 de diciembre de 2025. Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento fiscal profesional para tu caso concreto.

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