Certificación a origen · Retención de garantía · Ejemplo con IVA

Certificar a origen, con retención de garantía. Con el ejemplo completo.

Certificar a origen es facturar por el porcentaje de obra ejecutada acumulado desde el inicio, restando en cada certificación lo ya facturado en las anteriores — no facturar de golpe al final. En el ejemplo, un presupuesto de 24.000 € se certifica en tres fases (30%, 70% y 100% a origen), con una retención de garantía del 5% en cada una, IVA del 10% y el líquido a percibir de cada factura.

Facturar toda la obra al final es financiarla tú, del primer día al último.Certificar a origen cobra lo ejecutado según avanzas, y dice claramente qué se retiene y por qué.

3 certificaciones
al 30%, al 70% y al 100% de obra ejecutada a origen
5%
retención de garantía del ejemplo, editable certificación a certificación
24.000 €
presupuesto del ejemplo, cuadrado al céntimo
Profesional de la construcción revisando el avance de una obra antes de certificar

Certificar a origen: qué es, y qué no es

Certificar a origen es facturar por el porcentaje de obra ejecutada acumulado desde el inicio de la obra, no desde la última certificación. Cada factura declara cuánto va ejecutado en total y resta lo que ya se facturó antes: lo nuevo de esta certificación es la diferencia.

Por eso «a origen»: el origen es el arranque de la obra, no el principio de este período. Si a mitad de obra cambia el ritmo de ejecución, el acumulado lo refleja solo; no hay que recalcular nada a mano.

No es lo mismo que facturar por hitos sueltos sin referencia al acumulado: sin ese acumulado, un cambio de ritmo entre certificaciones (más rápido un mes, parado el siguiente) se cuela sin que nadie lo note hasta el cierre.

Tampoco es lo mismo que la retención de garantía, aunque suelan ir juntas: certificar a origen decide cuánto se factura en cada fase; la retención decide cuánto se cobra ya de lo facturado.

Ejemplo completo: presupuesto de 24.000 €, en 3 certificaciones

Reforma integral con retención de garantía del 5% e IVA reducido del 10% (art. 91.Uno.3 LIVA).

Certificación% a origenImporte a origenEsta certificación (base)Retención 5%IVA 10%Total facturaLíquido a percibir
1ª — cimentación y estructura30%7.200,00 €7.200,00 €360,00 €720,00 €7.920,00 €7.560,00 €
2ª — cerramientos e instalaciones70%16.800,00 €9.600,00 €480,00 €960,00 €10.560,00 €10.080,00 €
3ª — acabados y entrega100%24.000,00 €7.200,00 €360,00 €720,00 €7.920,00 €7.560,00 €
Total obra24.000,00 €24.000,00 €1.200,00 €2.400,00 €26.400,00 €25.200,00 €

«Esta certificación (base)» es la base imponible que se factura en esa certificación — el mismo importe antes del IVA, no una cifra distinta de «a origen». Comprobación: 7.200 + 9.600 + 7.200 = 24.000,00 € de base; retención 5% de cada base: 360 + 480 + 360 = 1.200,00 € (el 5% de 24.000,00 €); IVA 10%: 720 + 960 + 720 = 2.400,00 €; total facturado: 7.920 + 10.560 + 7.920 = 26.400,00 €. Cifras de muestra: tus precios y tu retención los pones tú.

La retención no se resta del IVA ni del total de la factura

La factura de cada certificación sale por su importe completo, con su base y su IVA. La retención de garantía es un dato aparte: cuánto de ese total se cobra ahora y cuánto queda pendiente de liberar.

En la 1ª certificación del ejemplo, la factura declara 7.920,00 € de total, pero el cobro real —el líquido a percibir— es de 7.560,00 €. Los 360,00 € restantes no desaparecen: quedan registrados como retenidos hasta que corresponda liberarlos.

En Spun fijas el porcentaje de retención en cada certificación (5% es habitual, pero no hay un valor por defecto impuesto): el PDF muestra el total, la retención y el líquido a percibir por separado.

Lo que es práctica del sector (y lo que no hay que confundir)

No hay un porcentaje fijado por ley. La retención de garantía es una cláusula que se pacta entre profesional y cliente, habitualmente en el presupuesto o el contrato de obra — no una obligación con un tanto por ciento cerrado.

No es lo mismo que los plazos de garantía de la LOE (art. 17, Ley 38/1999): 1 año por defectos de terminación o acabado, 3 años por daños de habitabilidad y 10 años por daños estructurales. La retención económica suele ligarse al primer plazo (1 año), no a los otros dos.

Retener no es dejar de facturar. La certificación se emite por su importe íntegro, con su IVA correspondiente; lo que cambia es cuánto se cobra en el momento y cuánto queda pendiente.

Nada obliga a aplicar retención. Es una condición que se pacta obra por obra; si no se pacta, cada certificación se cobra íntegra.

Cuándo se libera la retención es también una cuestión contractual: lo habitual es ligarla al final del plazo de garantía pactado, tras comprobar que no han aparecido defectos.

Contenido informativo. No sustituye asesoramiento jurídico ni fiscal.

Cómo certificas a origen en Spun

Del presupuesto por partidas a la factura de certificación, sin recalcular nada a mano

01

Presupuestas por partidas

Cada partida del presupuesto queda identificada de forma estable, también si el presupuesto cambia de versión por el camino.

02

Eliges el hito o el % ejecutado

Al certificar, Spun mira lo ya facturado de cada partida en toda la cadena y propone el importe pendiente, sin superarlo nunca aunque cambies de versión.

03

Añades la retención si aplica

Marcas el porcentaje de retención de garantía de esa certificación. Spun calcula el importe retenido y el líquido a percibir sin tocar el total ni el IVA de la factura.

04

Emites la certificación

La factura sale con su base, su IVA y la retención declarada aparte. La siguiente certificación parte de ahí: nunca puedes certificar por encima de lo pendiente de una partida.

Preguntas frecuentes sobre certificar a origen

¿Qué diferencia hay entre certificar a origen y una certificación parcial?

Certificar a origen calcula cada factura sobre el acumulado ejecutado desde el inicio de la obra y resta lo ya facturado en certificaciones anteriores. Si en algún momento se usa el término "certificación parcial" como sinónimo, lo importante es que el cálculo viva sobre el acumulado de toda la obra, no solo sobre el período aislado: así un cambio de ritmo entre certificaciones no se pierde.

¿Qué porcentaje de retención de garantía es habitual?

El 5% es una cifra habitual en el sector, pero no está fijada por ley: se pacta entre profesional y cliente, y puede variar según el tipo de obra y el contrato. En Spun no hay un valor por defecto impuesto: lo fijas tú en cada certificación.

¿La retención de garantía se resta del IVA de la factura?

No. La factura se calcula por su base y su IVA completos, igual que cualquier otra. La retención es un dato aparte que indica cuánto de ese total se cobra ahora (el líquido a percibir) y cuánto queda pendiente de liberar más adelante.

¿Cuándo se libera la retención de garantía?

Es una cuestión que se pacta en el presupuesto o el contrato de obra, habitualmente ligada al final del plazo de garantía de la obra (a menudo el de 1 año de la LOE para defectos de terminación o acabado). Spun deja el importe retenido registrado en cada certificación; el momento de facturarlo o liberarlo lo decides tú según lo pactado.

¿Puedo certificar por encima de lo pendiente de una partida por error?

No: Spun mira en vivo cuánto queda pendiente de cada partida en toda la cadena de facturas del presupuesto y bloquea el importe si se pasa, aunque estés certificando desde una versión distinta del presupuesto original.

¿Necesito facturar toda la obra al final, o puedo certificar por fases?

No hace falta esperar al final: cada certificación se emite por el porcentaje ejecutado hasta la fecha. Es lo que evita financiar tú solo el material y la mano de obra de una reforma larga hasta el último día.

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